¿Porqué es necesario que los servicios turísticos sean accesibles?
En San Martín de los andes se propicia el desarrollo del Turismo Accesible para que toda persona pueda disfrutar de la actividad turística. Se incluye también entre los beneficiario a los ancianos, y a las personas con discapacidades temporales: mujeres embarazadas, una persona enyesada, mamás con sus bebes en cochecito. Desde ese punto de vista es muy amplia la población beneficiaria, ya que comprende además al entorno familiar que de otra manera no elegiría nuestro destino.
Servicios Turísticos Accesibles
Todo edificio con acceso de público, sea de propiedad pública o privada, debe brindar condiciones de accesibilidad, ello comprende entre otros los locales comerciales.
La gastronomía por ser un rubro en el que se requieren sanitarios públicos, está incluida en la exigencia de ofrecer sanitarios accesibles. Esta norma es aplicable a toda nueva construcción y a la tramitación de nueva licencia comercial, para los edificios ya construidos. Las aprobaciones las realiza la Dir. de Obras Particulares Municipal.
Alojamientos Accesibles
La Secretaría Municipal de Turismo a través de la Dirección de Servicios Turísticos realiza las habilitaciones de la hotelería.
Un Alojamiento es Accesible si cumple los criterios de accesibilidad establecidos por la orza de alojamientos y las reglamentaciones especificas. Deben contar con:
- Un espacio de estacionamiento para discapacitados, reservado y señalizado
- Todas las prescripciones generales para los edificios con acceso de público de propiedad pública o privada
- Unidades de alojamiento accesibles en cantidad acorde al tamaño del alojamiento –con un mínimo de una unidad por establecimiento
Se exige que un Alojamiento sea Accesible a:
- Toda obra nueva, la cual debe proyectarse y aprobarse previo a su construcción, cumpliendo las exigencias de accesibilidad
- Todo establecimiento en funcionamiento que amplíe e incorpore nuevas unidades (cabañas o habitaciones)
- Obras construidas que se incorporen al uso turístico como alojamiento
Marco Regulatorio
- Ordenanza de Eliminación de Barreras Físicas en el Ámbito Urbano, Arquitectónico y de Transporte Nº 3395/99 y su reglamentación mediante Resolución Nº 4516/04
- Ordenanza de Alojamientos Turísticos Nº 3929/00. Establece las requisitos generales para cada clase y categoría de establecimiento